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Si regresa a trabajar

(English)
 
 

Contenido

¿Cuáles son sus responsabilidades cuando regresa a trabajar?
¿Cuándo revisaremos su caso por incapacidad?
¿Cuándo terminarán sus beneficios?

 

¿Cuáles son sus responsabilidades cuando regresa a trabajar?

Si recibe beneficios de SSDI o SSI, usted o su representante de beneficiario debe informar con prontitud cualquier cambio en sus actividades de trabajo que pueda afectar sus beneficios.
Debe avisarnos inmediatamente si usted:

  • Empieza a/o deja de trabajar;
  • Ya ha informado su trabajo, pero sus oficios, horas o paga han cambiando;
  • Comienza a pagar los gastos relacionados con su incapacidad que son necesarios para trabajar. Vea Gastos de trabajo relacionados con el impedimento para informarse mejor sobre los gastos de trabajo relacionados con la incapacidad.

Puede informar cambios en sus actividades de trabajo por teléfono, facsímile, correo o en persona. Llame a nuestro número gratis, 1-800-772-1213, de 7 a.m. a 7 p.m., de lunes a viernes, o visite su oficina local de Seguro Social. Puede encontrar su oficina local visitando nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov.

Cuando nos informe de los cambios en sus actividades de trabajo, le daremos un recibo para verificar que usted ha cumplido apropiadamente con su obligación de informar. Guarde este recibo con sus otros documentos importantes del Seguro Social.

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¿Cuándo revisaremos su caso por incapacidad?

Llevaremos a cabo una revisión de continuación de incapacidad de su caso periódicamente para ver si su padecimiento médico ha mejorado o si puede desempeñar trabajo sustancial y lucrativo.

Si ha recibido beneficios de SSDI por lo menos por 24 meses, no haremos esto sólo porque está trabajando. Tampoco haremos una revisión para ver si su padecimiento ha mejorado médicamente mientras esté usando un Boleto para trabajar. (Vea Boleto para trabajar). Revisaremos su caso cuando recibamos información indicando que su padecimiento médico ha mejorado o durante las revisiones de continuación de incapacitad rutinariamente programadas.

Si recibe beneficios de SSI, podríamos revisar su caso si trabaja y tiene derecho a Medicaid mientras trabaja o si hay algún cambio en su actividad de trabajo. No revisaremos su caso más frecuentemente que una vez al año.

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¿Cuándo terminarán sus beneficios?

Si recibe beneficios de SSDI y determinamos que usted ya no tiene un impedimento que lo incapacita ya sea debido a trabajo al nivel sustancial y lucrativo (SGA) o una mejoría médica, decimos que su incapacidad «cesó». Si determinamos que su incapacidad terminó debido a su trabajo al nivel sustancial y lucrativo, nuestra decisión entra en vigor el mes que muestra la evidencia. Si determinamos que su incapacidad cesó debido a una mejoría médica, nuestra decisión entra en vigor el mes que muestra la evidencia o el mes en que le damos una notificación escrita, si esto ocurre más tarde. En cualquiera de los casos, pagamos beneficios de SSDI el mes en el cual determinamos que su incapacidad cesó y los dos meses subsiguientes. Estos tres meses se conocen como «el período de gracia».

Sus beneficios de SSDI podrían continuar:

Si recibe beneficios de SSI, y encontramos que ya no cumple con los requisitos de incapacidad debido a una mejoría médica, decimos que su incapacidad «cesó». Nuestra decisión entra en vigor el mes que muestra la evidencia, o el mes en que le demos una notificación escrita, si esto ocurre más tarde. Sin embargo,  su derecho a SSI continúa por ese mes y los próximos 2 meses si cumple con todos los requisitos que no están relacionados a la incapacidad, incluso los límites de ingresos y recursos.  Estos tres meses se conocen como «el período de gracia».

Si cesamos su incapacidad debido a una mejoría médica, sus beneficios de SSI pueden continuar si usted está participando en un programa de rehabilitación vocacional o servicios similares, servicios de empleo u otros servicios de apoyo (vea Continuación de pagos bajo un Programa de Rehabilitación Vocacional o un programa similar (Sección 301)).

Usted no tiene derecho a un pago de SSI por cualquier mes en que no cumpla con los requisitos de elegibilidad que no estén relacionados a la incapacidad, por ejemplo, los límites de ingresos y recursos.

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