Los números de Seguro Social se usan para informar sus ganancias al gobierno y para determinar si tiene derecho a los beneficios de Seguro Social. Necesita un número de Seguro Social para obtener un trabajo, colectar beneficios de Seguro Social y recibir otros servicios del gobierno.
Si está en los Estados Unidos temporalmente para trabajar, su empleador le pedirá su número de Seguro Social. Por lo general, solamente las personas que no son ciudadanas y que están autorizadas a trabajar en los Estados Unidos por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, sus siglas en inglés) pueden obtener un número de Seguro Social.
Aunque muchos otros negocios, tales como los bancos y compañías de crédito, también le piden su número, usted no está requerido a proveerlo. Puede recibir muchos servicios sin un número de Seguro Social, inclusive una licencia para manejar.
¿Qué necesito hacer para trabajar en los Estados Unidos?
Primeramente, debe obtener documentos que muestren su estado inmigratorio y su autorización para trabajar en los Estados Unidos. Entonces, debe solicitar un número y tarjeta de Seguro Social de la Administración del Seguro Social. Sin embargo, recomendamos que espere 10 días después de llegar a los Estados Unidos para solicitar un número de Seguro Social. Esto asegurará que el Seguro Social pueda verificar sus documentos.
¿Cómo solicito un número de Seguro Social y una tarjeta?
Puede solicitar una tarjeta y número de Seguro Social gratis. Para solicitar:
- Llene una Solicitud para una tarjeta de Seguro Social (formulario SS-5-SP); y
- Muéstrenos documentos originales que prueban su:
- Identidad;
- Estado inmigratorio con derecho a trabajar; y
- Edad.
- Lleve su solicitud llena, junto con los documentos originales a su oficina local del Seguro Social.
Todos los documentos deben ser originales o copias certificadas por la agencia que los emite. No podemos aceptar fotocopias ni copias notariadas de los documentos. Tampoco podemos aceptar un recibo mostrando que solicitó el documento.
Podemos usar un documento para dos propósitos. Por ejemplo, podemos usar su permiso de trabajo del DHS como prueba de ambos, su identidad y su estado inmigratorio con derecho a trabajar. Su partida de nacimiento o pasaporte podrían servir como prueba de edad. Tiene que proveer por lo menos dos documentos separados.
Identidad y estado inmigratorio con derecho a trabajar
Para probar su identidad y estado inmigratorio con derecho a trabajar, muéstrenos sus documentos vigentes inmigratorios de los EE. UU. y su pasaporte extranjero que no haya caducado. Los documentos inmigratorios que aceptamos incluyen su:
- Formulario I-551;
- Formulario I-94 (Arrival/Departure Record, en español, Registro de llegada/salida),que muestre la autorización de trabajo del DHS; o
- Formulario I-766 (permiso de trabajo) del DHS.
Visitantes de Intercambio: Un visitante con una visa J-1 también debe mostrarnos un DS-2019, Certificate of Eligibility for Exchange Visitor Status (en español, Certificado de Elegibilidad como visitante de intercambio). Adicionalmente, los estudiantes con una visa J-1, estudiantes internos y visitantes internacionales deben mostrar una carta de patrocinador para probar empleo. La carta debe ser redactada en membrete del patrocinador con una firma original que autoriza su empleo.
Estudiantes internacionales: Un estudiante con una visa F-1 o M-1 también tiene que mostrarnos un formulario I-20, Certificate of Eligibility for Nonimmigrant Student Status (en español, Certificado de Elegibilidad bajo estado de estudiante quien no es un inmigrante). Es posible que necesite documentación adicional que pruebe su elegibilidad para trabajar. Para informarse mejor, pida la publicación titulada Estudiantes internacionales y los números de Seguro Social (Publicación número 05-10971).
Edad
Tiene que presentar su partida de nacimiento del extranjero si lo tiene consigo o puede obtenerlo dentro de 10 días laborables. Si no lo tiene, podemos tomar en cuenta otros documentos como prueba de su edad tales como su pasaporte o algún documento emitido por el DHS.
¿Cuánto tiempo se tomará para recibir el número de Seguro Social?
Tenemos que verificar sus documentos con el DHS antes de asignarle un número de Seguro Social. Le asignaremos un número de Seguro Social y le enviaremos por correo su tarjeta, una vez que hayamos recibido verificación del DHS. La mayoría del tiempo, podemos verificar los documentos rápidamente con DHS por Internet. Si no podemos verificar los documentos por Internet, podría tomarle varias semanas al DHS en responder a nuestro pedido. Al presente estamos trabajando en colaboración con el DHS para reducir estas demoras.
¿Necesito tener mi número antes de empezar a trabajar?
No requerimos que tenga un número de Seguro Social antes de trabajar. Sin embargo el Servicio de Impuestos Internos (IRS, siglas en inglés) requiere que los empleadores informen sus salarios usando el número de Seguro Social.
Mientras usted espera por su número de Seguro Social, su empleador puede usar una carta emitida por nosotros declarando que ha solicitado un número, y sus documentos inmigratorios pueden probar su autorización para trabajar en los Estados Unidos.
Los empleadores pueden informarse mejor visitando nuestro sitio www.segurosocial.gov/employer/hiring.htm por Internet (sólo disponible en inglés).
Cómo comunicarse con el Seguro Social
Nuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social. Hay un número de cosas que usted puede hacer por Internet.
Además de visitar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis 1-800-772-1213. (las personas sordas o con problemas de audición pueden llamar a nuestro número TTY 1-800-325-0778). Si desea el servicio en español, oprima el 2 y espere a que le atienda un agente. Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. Ofrecemos servicios de intérprete gratis tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Además, ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas del día.
Queremos asegurarnos que usted reciba un servicio cortés y correcto. Por eso es posible que un segundo agente del Seguro Social escuche algunas llamadas.